Preguntas frecuentes
Se denomina serie de precios homogéneos a aquella en la cual se tuvieron en cuenta todos los eventos societarios (pagos de dividendos, suscripciones, capitalización de ajuste integral del capital, capitalización de reservas, disminuciones de capital, etc.) que usualmente generan un salto en el precio.
El ajuste de la serie de precios corrientes se realiza efectuando los siguientes cálculos:
- Precio de paridad del evento determinado.
- Cálculo del coeficiente a utilizar (Precio de paridad / Precio anterior).
- Multiplicación de todos los precios anteriores a la fecha ex por el coeficiente determinado en el punto anterior.
Una vez que se realiza este procedimiento obtenemos la serie de precios homogéneos.
El agente colocador o underwriter es quien está a cargo del proceso de Oferta Pública Inicial, pudiendo decidir a quién y cómo se realizará el proceso de venta.
Por lo general es un banco de inversión que se ocupa de dicha oferta con el apoyo de un grupo de firmas similares y de corredores de bolsa.
En las grandes emisiones, pueden participar varios underwriters, lo que se conoce como un sindicato de underwriters.
La operación de underwriting puede ser de varias clases según el nivel de compromiso:
UNDERWRITING EN FIRME: El agente de colocación suscribe o adquiere la totalidad de los valores emitidos y se obliga a ofrecerlos a los inversores a un precio y durante un plazo establecido. Finalizado el plazo, si el intermediario no logra colocar los valores, asume directamente el compromiso de adquisición.
UNDERWRITING GARANTIZADO: El agente de colocación garantiza ante el emisor la colocación de los valores dentro de un plazo determinado con el compromiso de adquirir el remanente no colocado en dicho plazo.
UNDERWRITING AL MEJOR ESFUERZO: El intermediario se compromete con el emisor a realizar sus esfuerzos para colocar la inversión a un precio fijo y dentro de un plazo determinado. En este caso, el agente intermediario no corre ningún riesgo ya que no se responsabiliza por la parte que no logre colocar.
Entre los mecanismos más usuales de colocación de valores se encuentran los denominados sistemas de adjudicación book-building y holandés.
El sistema book-building es un mecanismo de formación eficiente de precios. Consiste en sondear la intención de los inversores interesados en los títulos, así como el precio y la cantidad que estarían dispuestos a adquirir.
Según el resultado que se obtenga, el agente colocador y el emisor acuerdan y establecen un precio fijo de suscripción o tasa de descuento para la colocación.
Al iniciarse el período de colocación el agente colocador abre el libro (book) de registro, al cual se integrarán las ofertas de suscripción en firme de los inversores, las cuales serán adjudicadas por orden temporal o de aparición, y a prorrata cuando las mismas resultaren simultáneas, con la posibilidad de aceptar fórmulas de ponderación para la asignación de los valores, siempre que hayan sido previstas en el prospecto y que no excluyan ninguna oferta.
A medida que se adjudican las ofertas, se completa o construye el libro de registro (book-building) hasta que se alcanza el cupo máximo o finaliza el período de colocación.
El sistema holandés constituye un liso y llano concurso de precios. Al inicio del período de colocación, el emisor y el agente colocador acuerdan un precio o tasa de descuento de referencia.
Durante todo el período de colocación se reciben las ofertas de precio y volumen, que podrán variar de la tasa de referencia. Al concluirse el plazo de colocación, las ofertas son aceptadas por orden de precio, según se acerquen a la tasa indicada por el emisor.
El emisor podrá mediante un corte aceptar ofertas hasta un determinado precio, el cual será aplicable a todos los inversores que hubiesen ofrecido mejores tasas de descuento.
Por ejemplo, si en el caso de títulos de deuda, tres inversores ofrecieron tasas del 7%, 8% y 10%, el emisor podrá optar por rechazar al inversor que ofertó el 10%, aceptándose entonces al de 7% y 8%, fijándole a ambos el 8%. De esta manera, dependiendo de las circunstancias, el emisor podrá optar por obtener una mejor tasa, colocando un menor volumen, o viceversa.
El Estado Nacional ha dejado de pagar no sólo los títulos de la deuda externa sino también los de la deuda interna. En los avisos de Información Relevante que el Estado envía para su publicación deja expresa constancia de que el pago de los servicios financieros de los Bocones se encuentra demorado.
En cuanto al registro de esos cupones impagos, la Caja de Valores disminuye las tenencias en forma proporcional al monto de la amortización, o sea corta el cupón en la fecha de vencimiento y por separado le acredita al titular, en sus registros, los derechos del cupón impago.
La asamblea que trate la documentación relacionada con el balance general debe celebrarse dentro de los 4 meses de la fecha de cierre de ejercicio.
Tienen un plazo de 30 días corridos contados a partir de su aprobación por el órgano societario (asamblea o directorio), debiendo remitir el aviso correspondientes con un plazo mínimo de 5 díaQue plazo s hábiles.
Deben depositar en las sociedades sus acciones o un certificado de depósito o constancia de la cuenta de acciones escriturales librado por la entidad correspondiente, o cursar comunicación en el caso que el registro sea llevado por la emisora, en el domicilio, plazo y horario indicados en el aviso de convocatoria.
Los requisitos iniciales para ser socio de la BCBA son los siguientes:
Ser mayor de edad.
Presentar un formulario de solicitud que se entrega en la oficina de Administración de la Bolsa.
Dos fotos 4 x 4.
Documento de identidad.
Referencia de dos socios de Bolsa con más de tres (3) años de antigüedad.
El pago de la inscripción es de $580.
El trámite tarda aproximadamente 30 días a partir de la presentación de la solicitud hasta la aceptación y entrega del carnet.
La cuota trimestral es de $ 72,00.
Para más información, puede dirigirse a la oficina de Administración en la calle 25 de Mayo 347 – 2° entrepiso, vía E mail a administracion@labolsa.com.ar o telefónicamente al 4316-7010.
La Oferta Pública Inicial es la operación mediante la cual una compañía vende acciones al público por primera vez. Estas acciones son vendidas en el mercado primario a un precio determinado por la corporación, para luego ser comercializadas en los mercados secundarios.
Esta oferta tiene lugar cuando la compañía determina que sus acciones deben ser objeto de transacciones públicas en el mercado de valores. Se trata de una forma libre que tienen las empresas para obtener capital con el fin de cubrir necesidades y expandir sus operaciones.
Al anunciarse una nueva emisión puede ocurrir que se fije para las nuevas acciones un valor cercano al de cotización. Esto se realiza mediante la prima de emisión, por encima del valor nominal. Esta prima ingresa a la sociedad y compensa la dilución del valor de libros que se produce al incrementar el número de acciones.
La prima de emisión constituye dentro de los estados contables, una reserva especial que puede ser distribuida entre todos los accionistas por decisión de la asamblea extraordinaria, siempre que no cause perjuicio a los acreedores.
La Rueda Reducida es una condición que pone la Bolsa a las especies que no cumplen determinadas obligaciones de informar o que entraron en una situación patrimonial comprometida.
Operativamente, las especies que están en Rueda Reducida negocian bajo las mismas condiciones, horarios y características que el resto de las especies, pero el aviso de pertenencia a Rueda Reducida es una alerta para que los inversores entren en conocimiento de la situación particular de esta sociedad.
En Bolsar, el aviso de que una sociedad está en Rueda Reducida se puede encontrar en la sección Avisos de la Bolsa con la descripción «Transferencia a Rueda Reducida».
La Bolsa debe transferir la negociación de las acciones a Rueda Reducida cuando la sociedad emisora se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
Solicite su concurso preventivo;
Surjan de un estado contable o de información suministrada por la sociedad resultados no asignados negativos que insuman las reservas y el cincuenta por ciento (50%) del capital ajustado;
Surjan de un estado contable o de información suministrada por la sociedad resultados no asignados negativos por un monto superior al setenta y cinco por ciento (75%) del patrimonio neto. El monto del patrimonio neto a considerar será el resultante de excluir el resultado no asignado;
No presente en plazo la documentación contable exigida por este Reglamento.
La Bolsa debe transferir la negociación de las obligaciones negociables a rueda reducida cuando la emisora:
No presente en plazo los avisos para el pago de los servicios de renta y amortización en las épocas convenidas o incurra en mora frente a los obligacionistas;
Esté abierto el período de conversión y se suspenda la oferta pública o la cotización de las acciones de la clase respectiva;
Incurra en las situaciones descriptas en el artículo 38, incisos b), c) o d).
La Bolsa debe transferir la negociación de las cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados a rueda reducida cuando la sociedad gerente no presente en plazo la información indicada en el artículo 27 de la Ley Nº 24.083.
La Bolsa puede transferir la negociación de los valores a rueda reducida cuando:
La emisora incluya en su información contable conceptos que, a juicio de la Bolsa, se aparten de las normas contables profesionales y ello afecte significativamente su situación patrimonial o los resultados;
En el supuesto del artículo 43, inciso a), por aplicación de los criterios allí establecidos no se estime necesaria la suspensión. La medida se levantará tan pronto haya información suficiente;
Cuando de los controles o inspecciones que se realicen surjan diferencias importantes en la información contable de la emisora que afecten significativamente su situación patrimonial o los resultados, y no dé explicaciones satisfactorias ni aporte de inmediato medidas para corregirlas.