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Cambios en pagarés y cheques

Los pagarés bursátiles emitidos en dólares podrán pagarse en efectivo en la moneda extranjera. Asimismo, tanto los pagarés como los cheques de pago diferido podrán ser transferidos por su adquirente a otros comitentes diferentes, bajo ciertas condiciones y requisitos.

A través de la Resolución General N° 1.003, la Comisión Nacional de Valores (CNV) realizó algunas modificaciones en la negociación de los pagarés bursátiles y los cheques de pago diferido. Bajo la denominación “Pagarés Hard Dollar”, el organismo regulador incluyó la posibilidad de agregar a los pagarés bursátiles emitidos en dólares una “cláusula de pago efectivo en moneda extranjera”. Por medio de esta incorporación, se persigue el objetivo de adecuar la negociación del instrumento a los ciclos productivos de las empresas libradoras, optimizando la administración de sus pasivos en moneda extranjera.

Esta novedad impactará positivamente en el ámbito de las pequeñas y medianas empresas, ya que existe un amplio número de ellas –especialmente en el rubro agroexportador– con alto flujo de facturación en dólares. También resultará muy atractivo desde el punto de vista del público inversor, que busca diversificar su cartera en instrumentos en los que pueda cobrar en esa moneda.
En aquellos casos que no se incluyera esta nueva cláusula también sigue vigente la posibilidad del pago en moneda de curso legal. En ese supuesto, el importe a pagar deberá calcularse al tipo de cambio de la moneda extranjera de que se trate, pudiendo optar entre el cierre del día anterior (a la fecha del vencimiento de cada cuota o al del vencimiento del pagaré) o al del efectivo pago (en caso de que el pago ocurra en una fecha posterior a su vencimiento original).

Cuando no se indicare el tipo de cambio aplicable ni el momento de su cálculo, se mantendrá sin cambios el procedimiento vigente, esto es, se utilizará la cotización del tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior al del vencimiento de cada cuota o al del vencimiento del pagaré. Asimismo, se permitirá a los mercados establecer –en conformidad a sus respectivas reglamentaciones y contando con la previa aprobación de la CNV– que se pueda aplicar cualquiera de las siguientes opciones:
–El tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina
–El tipo de cambio fijado por la Comunicación “A” 3.500 del Banco Central de la República Argentina, sus modificatorias o aquel que eventualmente lo reemplace
–Cualquier otro tipo de cambio que puedan establecer

Eliminación del plazo máximo y transferencias entre subcuentas comitentes

Otro de los cambios introducidos respecto de los pagarés bursátiles es el que deja sin efecto la exigencia de establecer un plazo máximo para su vencimiento (fijado en la normativa previa en 3 años), y la actualización del monto mínimo de los mismos a $ 20.000 (previsto anteriormente en $ 5.000).

Además, se agregaron dos excepciones, tanto para el cheque de pago diferido como para el pagaré –bajo ciertas condiciones y requisitos–, por las cuales se admite que puedan ser transferidos por su adquirente a otros comitentes diferentes. En este supuesto, la subcuenta comitente receptora deberá revestir la calidad de “Intermediario del exterior” que actúe como custodio del adquirente, en el marco de acuerdos de custodia global a través de un depositante en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (Caja de Valores S.A.); o bien la de “Fiduciario financiero”, en el marco de un fideicomiso financiero con autorización de oferta pública para la titulización de dichos instrumentos.

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